
Viernes 26 de abril de 2002 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 4
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
DECRETO por el que se aprueba el Acuerdo de Sede entre los Estados Unidos Mexicanos y el Banco de Pagos Internacionales en relación con el
establecimiento y Estatuto de una Oficina de Representación del Banco de Pagos Internacionales en México, firmado en la Ciudad de México, el cinco
de noviembre de dos mil uno.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el
siguiente:
DECRETO
"LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba el ACUERDO DE SEDE ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL
BANCO DE PAGOS INTERNACIONALES EN RELACION CON EL ESTABLECIMIENTO Y ESTATUTO DE UNA OFICINA DE
REPRESENTACION DEL BANCO DE PAGOS INTERNACIONALES EN MEXICO, firmado en la Ciudad de México, el
cinco de noviembre de dos mil uno.
México, D.F., a 3 de abril de 2002.- Sen. Diego Fernández de Cevallos Ramos, Presidente.- Sen. Ma.
Lucero Saldaña Pérez, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en
la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro
días del mes de abril de dos mil dos.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación,
Santiago Creel Miranda.- Rúbrica.
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO mediante el cual se modifica la fracción II del artículo segundo de la autorización otorgada a Arrendadora Financiera Navistar, S.A. de C.V.,
Organización Auxiliar del Crédito, por aumento de capital.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Hacienda
y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y
Valores.- Dirección de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.- 366-I-B-1156.-
723.1/320470.
AUTORIZACIONES A ORGANIZACIONES AUXILIARES DEL CREDITO.- Se modifica la otorgada a esa
sociedad por aumento de capital.
Arrendadora Financiera Navistar, S.A. de C.V.
Organización Auxiliar del Crédito
Av. Ejército Nacional Mexicano No. 904, 14o. Piso
Col. Palmas Polanco
11510, México, D.F.
Esa sociedad, con objeto de dar cumplimiento al punto décimo del Acuerdo por el que se
establecen los capitales mínimos pagados con que deberán contar los almacenes generales de
depósito, las arrendadoras financieras, uniones de crédito, empresas de factoraje financiero y casas
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