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Viernes 26 de abril de 2002 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 128
SEGUNDA SECCION
BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA
PAGADERAS EN LA REPUBLICA MEXICANA
Con fundamento en el artículo 35 de la Ley del Banco de México; en los artículos 8o. y 10o. del
Reglamento Interior del Banco de México, y en los términos del numeral 1.2 de las Disposiciones
Aplicables
a la Determinación del Tipo de Cambio para Solventar Obligaciones Denominadas en Moneda
Extranjera Pagaderas en la República Mexicana, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 22
de marzo de 1996, el Banco de México informa que el tipo de cambio citado obtenido el día de hoy
conforme
al procedimiento establecido en el numeral 1 de las Disposiciones mencionadas, fue de $9.3528 M.N.
(NUEVE PESOS CON TRES MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO DIEZMILESIMOS MONEDA NACIONAL) por
un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la
cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales
el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los
interesados, por las instituciones de crédito del país.
Atentamente
México, D.F., a 25 de abril de 2002.
BANCO DE MEXICO
Director de Disposiciones Gerente de Operaciones
de Banca Central Nacionales
Fernando Corvera Caraza Jaime Cortina Morfin
Rúbrica. Rúbrica.
TASAS de interés de instrumentos de captación bancaria en moneda nacional.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TASAS DE INTERES DE INSTRUMENTOS DE CAPTACION BANCARIA EN MONEDA NACIONAL
TASA TASA
BRUTA BRUTA
I. DEPOSITOS A PLAZO II. PAGARES CON RENDI-
FIJO MIENTO LIQUIDABLE
AL VENCIMIENTO
A 60 días A 28 días
Personas físicas 3.20 Personas físicas 2.45
Personas morales 3.20 Personas morales 2.45
A 90 días A 91 días
Personas físicas 3.08 Personas físicas 3.07
Personas morales 3.08 Personas morales 3.07
A 180 días A 182 días
Personas físicas 3.62 Personas físicas 3.55
Personas morales 3.62 Personas morales 3.55
Las tasas a que se refiere esta publicación, corresponden al promedio de las determinadas por
las instituciones de crédito para la captación de recursos del público en general a la apertura del día
25 de abril de 2002. Se expresan en por ciento anual y se dan a conocer para los efectos a que
se refiere la publicación de este Banco de México en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 de
abril de 1989.
México, D.F., a 25 de abril de 2002.
BANCO DE MEXICO
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